Reformas constitucionales. Volver a los Acuerdos de Paz.

La coyuntura[1] ha puesto en la mesa de discusión un asunto de relativa vieja data: reformar la Constitución Política de la República. Digo de relativa vieja data porque dicho asunto fue asumido con sendos compromisos hace 19 años, con la firma de los Acuerdos de Paz.

Sin embargo, las resucitadas expresiones de hoy, en favor de modificar la Carta Magna en asuntos muy específicos, entre estos los referidos a los ámbitos de seguridad y justicia y régimen electoral y de partidos políticos, también han sido muy diversas en los últimos años, aunque claro, no con el clamor que hoy parecen acumular.

Recordemos entonces las reformas constitucionales propuestas por el Movimiento Pro-Reforma, las lideradas en 2012 por el presidente de la república Otto Pérez Molina y, últimamente, las promovidas por el consorcio conformado por la Universidad de San Carlos de Guatemala (Usac), la Universidad Rafael Landívar (URL) y la Asociación de Investigación y Estudios Sociales (Asíes), e incluso, las recomendaciones de cambios constitucionales hechas por la Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (Cicig), ninguna de las cuales terminó por cuajar.

Así, habremos de decir que coincidimos con la necesidad latente de converger en cambios a la Constitución, pero esencialmente de aquellos que contribuyan a facilitar y permitir la real democratización del Estado guatemalteco, es decir, profundos.

 

¿Repensar los Acuerdos de Paz?

Por ello creo conveniente repensar y retomar aquellos pactos de diciembre de 1996, para el caso, el Acuerdo Sobre Reformas Constitucionales y Régimen Electoral, el cual, en su mayoría, ha sido desconocido, medianamente implementado o bien, instrumentalizado para emprender ligeros cambios normativos.

Sucede que es preciso, justo ahora, recordar que en dicho pacto yacen “las bases sustantivas y fundamentales para la reconciliación de la sociedad guatemalteca en el marco de un Estado de derecho, la convivencia democrática, la plena observancia y el estricto respeto de los derechos humanos, la erradicación de la impunidad y, a nivel nacional, la institucionalización de una cultura de paz basada en la tolerancia mutua, el respeto recíproco, la concertación de intereses y la más amplia participación social a todos los niveles e instancias de poder…” (Acuerdos de Paz, Acuerdo Sobre Reformas Constitucionales y Régimen Electoral, 1996), asuntos que en su mayoría siguen pendientes de abordar estructuralmente y que han estancado el pleno desarrollo de nuestro sistema democrático.

Pero volver a las reformas constitucionales esbozadas en los Acuerdos de Paz no supone necesaria o exclusivamente retomar la dimensión jurídica del asunto, que bien podría estar superada por el aparecimiento de nuevos actores y fenómenos sociales, sino más bien hacerse de los principios esenciales de aquel pacto que en buena medida son los acuerdos más representativos de la sociedad guatemalteca de las últimas dos décadas y que fueron signados con el fin de garantizar la estabilidad democrática por medios políticos e institucionales.

Pues una Constitución es buena y duradera cuando “esa constitución escrita corresponda a la constitución real, a la que tiene sus raíces en los factores de poder que rigen en el país. Allí donde la constitución escrita no corresponda a la real, estalla inevitablemente un conflicto que no hay manera de eludir, y en el que a  la larga, tarde o temprano, la constitución escrita, la hoja de papel tiene necesariamente que sucumbir ante el empuje de la constitución real de las verdaderas fuerzas vigentes en el país” (Lasalle, ¿Qué es una Constitución?, pág. 52, 1994).

De allí que el planteamiento central sea atender las reformas constitucionales con el único fin de representar a la sociedad diversa que somos y, por ende, contribuir, a partir de estas modificaciones, a la plena democratización del Estado guatemalteco, evitando a toda costa emprender cambios superficiales a la Constitución que no servirán a esta causa y que terminen únicamente caldeando la conflictividad exacerbada por un Estado distanciado de los interés generales.

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[1] Crisis institucional, producto, en parte, de la corrupción generalizada en el Estado, que despertó en abril de 2015 meritorias manifestaciones ciudadanas luego del desmantelamiento de una red de defraudación aduanera que era liderada por el secretario privado de la vicepresidencia, y en la cual, se presume, participó la vicemandataria Roxana Baldetti. A partir de entonces hubo un auge de la demanda ciudadana por reformas legales y constitucionales.

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